.
El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Almería, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de febrero de 2025 acordó, entre otros, el acuerdo número 17, relativo a “APROBACIÓN DE LAS INVERSIONES A REALIZAR EN LA RED VIARIA PROVINCIAL DURANTE LOS EJERCICIOS 2025-2026”, el cual se adjunta con el título “Ac17 pleno 26-02-25 RVP25-26”.
Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de esta publicación, conforme a lo previsto en el artículo 46 en relación con el artículo 8, ambos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LRJCA).
No obstante, podrá dirigirse requerimiento previo ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente de esta publicación, conforme a lo previsto en el artículo 44 de la citada LRJCA. El requerimiento se entenderá rechazado si, dentro del mes siguiente de su recepción, esta Diputación no lo contestara.